Rosa Peral, condenada por el conocido como crimen de la Guardia Urbana, ha terminado el grado en Derecho mientras cumple pena de prisión. El dato, confirmado por el programa Más vale tarde de La Sexta, abre una nueva etapa en la trayectoria penitenciaria de la exagente de la Guardia Urbana de Barcelona: la formación académica se convierte ahora en el eje de un proyecto personal que pretende extender hacia la actividad jurídica.
La aspiración de Peral, según la información difundida por el programa, es colegiarse como abogada y poder ejercer desde prisión. Sin embargo, entre haber obtenido un título universitario y acceder efectivamente a la profesión existe una distancia legal relevante. La licenciatura o grado habilita para continuar el itinerario formativo, pero la colegiación depende de requisitos adicionales y de la valoración de los órganos competentes.

Un título no elimina los límites de la condena
La abogada Beatriz de Vicente, colaboradora del espacio televisivo, ha subrayado que el Estatuto General de la Abogacía incorpora entre sus condiciones la ausencia de antecedentes penales que impidan el acceso profesional. La observación sitúa el debate en un terreno más preciso: el avance académico de Peral es verificable, pero no equivale automáticamente a una autorización para abrir despacho, representar clientes o incorporarse a un colegio profesional.
Peral fue condenada en 2020 a 25 años de cárcel por el asesinato de Pedro Rodríguez, quien era entonces su pareja. También fue condenado Albert López, su amante y compañero en la Guardia Urbana. La repercusión pública del caso fue extraordinaria, tanto por la brutalidad de los hechos como por la condición policial de los condenados. Esa notoriedad no modifica por sí misma las reglas de acceso a una profesión regulada, aunque sí explica la atención pública que despierta cada novedad sobre su vida penitenciaria.
De Vicente ha calculado que la posibilidad de ejercer podría llegar, en hipótesis, una década después del cumplimiento de la condena, cuando Peral rondaría los 70 años. La cifra no constituye una decisión administrativa ni judicial sobre su caso, sino una aproximación basada en los efectos de los antecedentes y en los plazos que pueden condicionar la rehabilitación profesional. La clave, por tanto, no está solo en la edad ni en el diploma, sino en cuándo y bajo qué condiciones dejarían de operar los impedimentos legales.
La reinserción tiene vías que no siempre pasan por la toga
El objetivo de estudiar Derecho conserva valor incluso si la colegiación no resulta viable durante la condena. La educación reglada en prisión puede proporcionar herramientas de comprensión jurídica, disciplina de estudio y una base útil para futuras actividades laborales. También puede reforzar un itinerario de responsabilidad personal, siempre que se inserte en los programas de tratamiento y en las condiciones que determine la administración penitenciaria.
La propia De Vicente planteó que podría buscar fórmulas de colaboración indirecta con profesionales externos, por ejemplo en tareas de asesoramiento no reservadas a la abogacía o relacionadas con información penitenciaria. Esa posibilidad exigiría, en cualquier caso, respetar los límites de la normativa: nadie puede desempeñar actos propios de una profesión colegiada sin cumplir los requisitos correspondientes. La formación jurídica abre competencias, pero no permite confundir conocimiento con habilitación profesional.
Esta distinción es especialmente importante en casos de alta exposición mediática. Presentar un grado universitario como una “salida” inmediata de la cárcel simplificaría una realidad más compleja. El sistema penitenciario puede facilitar formación y favorecer la reinserción, pero no suspende las consecuencias de una condena grave ni sustituye las garantías establecidas para profesiones que intervienen en la defensa de derechos de terceros.
De los traslados disciplinarios a una rutina más estable
La información de La Sexta señala que Peral ha pasado por seis centros penitenciarios durante los años que lleva encarcelada, con cambios atribuidos a problemas de comportamiento. Actualmente se encuentra en Brians I, donde, según las fuentes citadas por el programa, estaría más integrada en la dinámica del centro y se encargaría de una tienda interna. La evolución desde los traslados hacia una ocupación estable no borra los incidentes previos, pero sí apunta a una situación cotidiana distinta.
La estabilidad penitenciaria suele tener un peso concreto: facilita la continuidad de estudios, el acceso a actividades ocupacionales y la elaboración de planes individuales de tratamiento. No debe interpretarse como un privilegio ni como una revisión de la responsabilidad penal. Es, más bien, el marco mínimo desde el que una persona presa puede sostener procesos de formación de largo recorrido, especialmente cuando estos requieren exámenes, tutorías y organización constante.
Una segunda carrera y el alcance real de la formación
Peral también tendría intención de iniciar otra titulación vinculada con la psicología. Si ese proyecto se materializa, podría completar dos estudios universitarios durante su estancia en prisión. La noticia ilustra una de las funciones menos visibles del sistema penitenciario: además de custodiar el cumplimiento de una pena, debe ofrecer instrumentos para que la vuelta a la sociedad, cuando proceda, no dependa exclusivamente del pasado delictivo.
Ese principio de reinserción no exige admiración pública ni elimina el derecho de las víctimas y de la sociedad a exigir el cumplimiento íntegro de las decisiones judiciales. Exige, en cambio, distinguir entre la pena impuesta y la posibilidad de que una persona condenada adquiera capacidades nuevas. En el caso de Rosa Peral, el grado en Derecho es una realidad académica; su eventual futuro como abogada, en cambio, dependerá de un recorrido legal, temporal y profesional que todavía está lejos de resolverse.
