Catorce organizaciones políticas solicitaron al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) precisar si un alcalde elegido en 2022 puede volver a ejercer el cargo en 2026, luego de postular como primer regidor y acceder a la alcaldía mediante la sucesión legal. El pedido fue formulado durante las coordinaciones del debate municipal de Lima.
La controversia se sustenta en el artículo 194 de la Constitución, que prohíbe la reelección inmediata de alcaldes. Los partidos advierten, sin embargo, que la falta de un pronunciamiento claro del pleno del JNE deja abierta la posibilidad de que una autoridad electa en 2022 retorne al poder por una vía indirecta, pese a la prohibición constitucional.

Pedido con plazo definido
Las agrupaciones exigieron que el organismo electoral emita, en un plazo máximo de tres días hábiles, un pronunciamiento vinculante y definitivo sobre la entrega de credenciales a quienes fueron alcaldes en el proceso de Elecciones Regionales y Municipales de 2022. El APRA propuso que esa respuesta sea el punto de partida para continuar las negociaciones sobre las reglas del debate.
El planteamiento fue respaldado por Visión Perú, Podemos Perú, Pueblo Consciente, Partido Patriótico del Perú, Partido Popular Cristiano, Somos Perú, Demócrata Verde, APRA, FREPAP, Batalla Perú, Avanza País, Alianza para el Progreso, Venceremos, Coalición Transformadora y Tierra Verde, según el acta del acuerdo.
Renovación Popular fue la única organización que rechazó la solicitud. El partido sostuvo que condicionar la continuidad de las coordinaciones del debate a una respuesta del JNE constituye una forma de coacción y vulnera la autonomía del tribunal electoral.
La disputa no solo define la elegibilidad de determinados candidatos. También plantea si la sucesión prevista por la ley puede utilizarse para sortear una prohibición constitucional, un asunto que podría afectar la información con la que los ciudadanos acudirán a las urnas. La decisión del JNE deberá establecer si existe una diferencia jurídicamente válida entre la reelección directa y el retorno al cargo mediante la primera regiduría.
