El Supremo limita el voto de descendientes acogidos a la Ley de Nietos

El Tribunal Supremo ha suspendido parcialmente los efectos electorales de la denominada Ley de Nietos y paraliza, hasta que dicte sentencia, las nuevas inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) realizadas por la presunción de exilio prevista en una instrucción del Ministerio de Justicia de 2022.

La medida cautelar, solicitada por Vox e Iustitia Europa, no afecta a quienes acrediten mediante certificación consular que nacieron fuera de España de padre, madre, abuelo o abuela originariamente españoles que sufrieron exilio por motivos políticos, ideológicos o vinculados a la identidad sexual. La diferencia será, por tanto, documental: la presunción general queda suspendida, mientras que la prueba individual del exilio mantiene abierta la vía electoral.

El Supremo limita el voto de descendientes acogidos a la Ley de Nietos

Un impacto directo sobre el censo exterior

El Supremo ordena que los registros consulares comiencen de inmediato a revisar y separar los expedientes tramitados por aplicación directa de la ley de aquellos iniciados al amparo de la instrucción cuestionada. Las solicitudes de nacionalidad ya presentadas seguirán su curso hasta finalizar, pero la inscripción censal quedará suspendida después, salvo que el interesado obtenga la certificación exigida.

La resolución llega tras un crecimiento de 43.877 electores en el exterior desde octubre de 2022, hasta alcanzar 513.863 inscritos. Ese aumento explica la dimensión política del conflicto, aunque el tribunal no ha anulado la nacionalidad concedida ni ha establecido una exclusión definitiva del voto. La restricción es provisional y podrá superarse con una acreditación consular válida, incluso de cara a las próximas elecciones generales.

El Gobierno, la Junta Electoral Central y la Fiscalía se opusieron a las cautelares por considerar que podían introducir una diferencia discriminatoria entre ciudadanos españoles según la vía de acceso a la nacionalidad. El Supremo deberá resolver ahora el fondo del litigio y determinar si la presunción de exilio utilizada para activar automáticamente las inscripciones se ajusta a la Ley de Memoria Democrática.

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